HACIENDA INTENSIFICA EL CONTROL DE LAS OPERACIONES EN EFECTIVO

Tras la publicación en el BOE el pasado 10 de julio de 2021 de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal se disminuye el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Por consiguiente no podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

Así mismo se disminuye el límite de pago en efectivo a 10.000 euros en el supuesto de las personas físicas particulares con domicilio fiscal fuera de España.

Finalmente, se modifica la regulación del procedimiento sancionador del régimen de limitaciones de pago en efectivo con diversos objetivos:

  • Adecuarlo a las vigentes Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • El inicio del procedimiento sancionador, al igual que sucede en el ámbito tributario, corresponda al órgano que instruye el procedimiento, para que cuando este disponga de todos los elementos necesarios pueda incorporar la propuesta de resolución al inicio del procedimiento.

Puede acceder al texto íntegro en el siguiente enlace: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-11473