APROBADO EL REAL DECRETO-LEY POR EL QUE SE ESTABLECE UN NUEVO SISTEMA DE COTIZACIÓN PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS BASADO EN LOS RENDIMIENTOS NETOS
Con Fecha 27 de julio se ha publicado en el BOE este Real Decreto-Ley, con entrada en vigor el 1 de enero de 2023 que establece que en los próximos tres años se irá desarrollando progresivamente un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, teniendo en cuenta que este sistema será sometido a evaluación cada 3 años.
Cabe destacar como aspectos más significativos los siguientes:
- La base de cotización, y en consecuencia la cuota correspondiente de autónomo se corresponderá con los rendimientos netos, los cuales se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo.
- Se habilita así un sistema que permite a los autónomos cambiar su cuota en función de su previsión de rendimientos netos hasta seis veces al año, procediéndose a regularizar las cotizaciones a final de año en función de los rendimientos reales.
- Se fijan cuotas mensuales a la Seguridad Social para los próximos tres años irán desde los 230 euros al mes a los 500 euros al mes en 2023 y de los 200 euros al mes a los 590 euros al mes en 2025. Detalle de las bases y cuotas por tramos:
- Se fija una cuota bonificada para los nuevos autónomos de 80 euros durante doce meses, extensible a otros doce meses adicionales cuando los ingresos netos siguen siendo bajos
- Así mismo se amplían las modalidades del cese de actividad para mejorar la cobertura de distintas contingencias, como en caso de una interrupción solo parcial de la actividad, y se adapta a los autónomos la protección que proporciona a los asalariados el mecanismo RED establecido en la reforma laboral para situaciones de crisis cíclicas o sectoriales.
Por consiguiente habrá que prepararse para un otoño convulso en este sentido y un inicio de año con aplicación de novedades importantes para los autónomos en cuanto a su régimen de cotización.