23 septiembre, 2022

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Por: Dpto. Laboral

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Etiquetas: autónomos, cotizaciones, jubilación, laboral

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Categorías: Asesoramiento

EL 30 DE SEPTIEMBRE FINALIZA EL PLAZO PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS QUE QUIERAN CAMBIAR SU BASE DE CARA A SU JUBILACIÓN

Como ya informamos en nuestra publicación de 28 de julio pasado, tras la publicación del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, a partir de enero de 2023, la base de cotización de los trabajadores autónomos, y en consecuencia la cuota correspondiente al mismo, se corresponderá con los rendimientos netos.

Por consiguiente, la base que se toma referencia para las prestaciones derivadas de las cotizaciones, tales como enfermedad o jubilación, vendrán dadas por los rendimientos de la actividad que ser realice.

No obstante, hasta el próximo 30 de septiembre se permite elegir una base de cotización por encima de los rendimientos reales, permitiendo esta “sobrecotización” una mejora de las prestaciones, en su caso. Es importante resaltar que esta base elegida se puede mantener en el tiempo, aún cuando los rendimientos disminuyesen.

En este mismo sentido, aquellos trabajadores autónomos que no opten por esta vía, tendrán una base de cotización acorde a sus rendimientos, sin posibilidad de cotizar por encima de ellos de cara a una posible eventualidad.

Para cualquier aclaración o asesoramiento al respecto, cuenta con el equipo de Gabela Consultores que le ayudará en elegir la mejor opción.